DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de ACREENCIAS LABORALES incoaran los ciudadanos HUGO RAFAEL SERRANO, LINO TIGRERA, CARMEN DOLORES CAMPOS; NICOLÁS MARTÍNEZ y BEATRIZ ANGULO, contra la Asociación Civil IZCARAGUA COUNTRY CLUB. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por cobro de ACREENCIAS LABORALES incoaran los ciudadanos ADELFO REQUENA, FELIX VENTURA GONZÁLEZ, AGUSTIN RAMÌREZ y GUSTAVO RAMON MENDEZ, contra la Asociación Civil IZCARAGUA COUNTRY CLUB. TERCERO: No hay condenatoria en costas, por cuanto ninguna de las partes resultó totalmente vencida.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Se ordena la publicación del presente fallo en.....