DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la entidad de trabajo sociedad mercantil "ALIMENTOS PRODALVA, C.A." contra el Acto Administrativo (Auto) Nº 2017-7914 de fecha 06 de marzo de 2017, dictado por el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (R.N.O.S.), que registro la "ORGANIZACIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE ALIMENTOS PRODALVA (O–SINTRA-PRODALVA)".-
SEGUNDO: Declara la NULIDAD del Acto Administrativo (Auto) Nº 2017-7914 de fecha 06 de marzo de 2017, dictado por el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (R.N.O.S.), que registro la "ORGANIZACIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE ALIMENTOS PRODALVA (O–SINTRA-PRODALVA)" y la r.....