Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de JULIO MICHELL GOMEZ ROJAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro V.- 14.417.902, soltero, estudiante, residenciado en la puerta del sol, La Ermita, casa Nro 4-12, San Cristóbal Estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 1º, en perjuicio de Víctor Manuel Méndez Molina, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro V.- 13.549.955, residenciado en la calle 1, casa Nro 3-161, La Er.....