DECLARAR CON LUGAR la solicitud interpuesta por el ciudadano QUIJADA ESPINOZA CARLOS JESÚS, de Nacionalidad venezolana, nacido en Los Teques, Estado Miranda, en fecha 05-08-1980, de 26 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio estudiante, residenciado en Sector la Cruz, final de la redoma, vereda uno, casa Nro. 119, Los Teques, Estado Miranda, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.889.627, en su carácter de penado, para NO PERNOCTAR Centro de Tratamiento Comunitario "Francisco Canestri", desde el día Viernes veintidós (22) de Diciembre de 2006, hasta el día MIÉRCOLES SEIS (06) DE JUNIO DE 2007, HASTA EL MIÉRCOLES TRECE (13) DE JUNIO DEL AÑO 2007, ambas fechas inclusive, debiendo pernoctar en el referido Centro de Tratamiento Comunitario, el día Jueves 14-06-2007, lo que se verificará en forma oficial. con CARÁCTER OBLIGATORIO, en caso contrario se considera fugado, lo que ameritará la revocatoria de la Medida acordada por este Despacho, de conformidad con lo es.....