...declara la EXTINCIÓN DE LA PENA ACCESORIA RELATIVA A LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, que fueran impuestas al. penado SOJO OVIEDO MARIO GABRIEL, venezolano, titular de la cédula de identidad No V.- 16.419.192, domiciliado en el sector Márquez I, casa S/N, Zona Industrial, detrás del emporio e la bicicleta, Guatire, Municipio Zamora, Estado Miranda, fue condenado por el Juzgado Superior Tercero en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 25 de mayo de 1999, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRESIDIO MÁS LAS PENAS ACCESORIAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 13 DEL CÓDIGO PENAL, por ser autor responsable del delito de ROBO AGRAVADO de conformidad con lo previsto en el artículo 460 del reformado Código Penal, en perjuicio de la víctima ciudadana PANTOJA PESTANA ROSA.
Todo conforme con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en los artículos 105, 13 y 22, todos del Código .....