acuerda el diferimiento de la Audiencia de Juicio Oral y Privado en la presente causa, en tal sentido se acuerda fijar como nueva fecha para la realización del mismo el día miércoles 14/07/2004, a las 9:00 a.m. Así mismo, se ordena la conducción de los expertos o testigos, por medio de la fuerza pública, de conformidad con lo establecido en los artículos 171 y 357 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a tal fin se acuerda enviar las Boletas de Citación correspondientes a los mismos al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Miranda Notifíquense a la Fiscal y a la Defensa. Líbrense Boletas de Citación a los Peritos y Testigos. Solicítese el Traslado del adolescente imputado.