D E C I S I O N
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N°2 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Modificar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta al imputado EWAR ALBERTO BLANCO FLORES, portador de la Cédula de Identidad N° 14.155.234, en fecha 04 de febrero de 2.004 y le impone las medidas cautelares sustutivas de libertad establecidas en los ordinales 2° y 3°, del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación de dos (02) personas responsables, y a presentarse por ante la Oficina de Alguacilazgo cada ocho (08) días, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese. Déjese copia autorizada. Notifíques.....