Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal de Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: La inmediata libertad del imputado JACKSON JOSE TORREALBA, titular de la cédula Nº18819761, residenciado en SAN ANTONIO DE YARE , CALLE EL RETEN , CASA SIN NUMERO, .-, en virtud de habérsele acordado Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de la Libertad, contenidas en los ordinales 2° y 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena continuar la presente investigación por la vía del procedimiento ordinario, conforme lo establecido en el articulo 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalia 23 del Ministerio Público en su oportunidad.. Líbrese oficio. Cúmplase.
El Juez Segundo de Control
El Secretario
NELIDA ACOSTA
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