DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Accidental de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que por cobro de diferencia de salario, incoaran las ciudadanas JENIFFER NAIYALI RIVERO ÁLVAREZ y YULEIME ELIZABETH PIÑATE MACHADO, en contra de la sociedad mercantil SUPERMERCADOS UNICASA, C.A., todas ellas plenamente identificadas supra.
No hay condenatoria en costas, por cuanto el salario postulado por las trabajadoras demandante es inferior al equivalente a tres (3) salarios mínimos, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Se ordena la publicación del presente fallo en la página Web de la Región del Estado Miranda del Tribunal .....