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Decisiones del dia 06/07/2017

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
Paginas 1 [Total de sentencias: 10] Página 1 de 1
N° Expediente : 2017-9973 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2017
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
ANA KATIUSKA BOSCO MORALES, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-11.043.370, ACTUANDO EN SU CONDICIÓN DE DIRECTOR GERENTE DE LA SOCIEDAD DE COMERCIO "INVERSIONES KADELGAN, C. A.",
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de solicitud .....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2017-9992 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2017
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
JOSE GREGORIO HERNANDEZ MANZANILLA Y DEISIS SUSET AVILAN, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD Nº V-6.461.652 Y V-6.962.480,
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de solicitud .....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2016-9966 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2017
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
WILFREDO PEREZ Y AWILDA ESMERALDA PARRA DE PEREZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. 12.880.454 Y 11.039.680
Resumen:
En tal virtud, y aplicando la disposición contenida en el artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara INADMISIBLE la solicitud que da inicio a las presentes actuaciones, por perdida del interés en impulsa la presente solicitud, y así se decide.
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2017-10.008 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2017
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
GRACIELA SILVA DE MORALES Y RUBEN DARIO MORALES GONZALEZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-8.675.997 Y V-8.680.373,
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de solicitud .....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2017-9971 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2017
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
GLORIA MARINA UZCATEGUI, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-3.410.439, CONTRA ALVELAEZ JIMENEZ MANUEL
Resumen:
En tal virtud, de conformidad con los criterios jurisprudenciales anteriormente señalados y en aplicando a la disposición contenida en el artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara INADMISIBLE la solicitud que da inicio a las presentes actuaciones, por perdida del interés en impulsar la presente solicitud, y así se decide.
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2017-5633 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2017
Procedimiento:
Notificación Judicial
Partes:
MOUCHEIKH KROMANOUKIAN, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-11.819.412
Resumen:
La suscrita DAMELIS FIGUERA ALBARRÁN, Secretaria Temporal del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, HACE CONSTAR: Que la Notificación Judicial solicitada por el ciudadano MOUCHEIKH KROMANOUKIAN, titular de la cédula de identidad Nº V-11.819.412, fue cumplida con todas las formalidades de Ley, en consecuencia, se acuerda la devolución de todas las actuaciones originales a la solicitante, constante de diez (10) folios útiles, en la ciudad de Los Teques, a los seis (06) días del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017).
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2017-3378 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2017
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
YOLANDA GONZÁLEZ DE MORENO
Resumen:
declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que la ciudadana YOLANDA GONZALEZ DE MORENO, mayor de edad, de este domicilio, venezolana, y titular de la cédula de identidad Nº V-4.841.413, en su condición de madre es la ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante JESUS EDUARDO MORENO GONZALEZ, quien fuera venezolano, y titular de la Cédula de Identidad Nº 18.537.871. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, constante de doce (12) folios útiles.
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2017-9996 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2017
Procedimiento:
Cobro De Bolivares
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL C.E.I SAN MIGIEL ARCANGEL, C.A.,CONTRA LA CIUDADANA LISBETH LORENA CEDRES GONCALVES,
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de solicitud .....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2017-9987 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2017
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
LUIS FERNANDO DE LA PAVA RAMIREZ Y ENID RAFAELA PADRON RIOS, CÓNYUGES, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-12.880.736 Y V-15.779.652
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de solicitud.....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2017-10.001 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2017
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
MARIA SOFIA CASTRO ARREAZA Y ALEXANDER FEDERICO RODRIGUEZ SEGOVIA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. 11.821.541 Y 10.284.801
Resumen:
En tal virtud, y aplicando la disposición contenida en el artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara INADMISIBLE la solicitud que da inicio a las presentes actuaciones, por perdida del interés en impulsa la presente solicitud, y así se decide.
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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