Por todos lo anteriormente expuesto, es por lo que este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda NIEGA la solicitud formulada por la defensora pública del imputado JOSÉ CARVAJAL VELIZ, de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, nacido el día 11 de Enero de 1.988, de 18 años de edad, de estado civil soltero, cédula de identidad N° V-22.784.804, y con residencia en el Cabotaje, por la Tienda del Pollo, cerca de la Farmacia Luna, entrada de abajo, casa N° 38 de color azul, por las segundas escaleras, Los Teques, Estado Miranda, relativa a la sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre el mismo, por una medida cautelar menos gravosa, de las previstas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, mant.....