ACUERDA DE OFICIO: Sustituir la medida privativa Judicial de Libertad, decretada por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal contra el acusado SÁNCHEZ PERAZA EDINSON RAFAEL venezolano, titular de la cédula de identidad No V.-15.207.094, y en su lugar acuerda imponer la Medida Cautelar Sustitutiva Menos Gravosa, de conformidad con el articulo 256 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal vigente, por lo que deberá presentarse cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo, los días viernes en horario comprendido entre las 7 AM y 2PM de este Circuito Judicial Penal. En consecuencia: Líbrese la respectiva Boleta de Libertad, con sus oficios respectivos y la orden de comparecencia al acusado.