Primero: Acuerda Medidas Cautelares 3 y 4 establecidas en artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se acuerda la remisión de la presente causa al Juzgado Cuarto en Función de Control de este Circuito Judicial Penal y sede, en su debida oportunidad, a los fines de que realice la Audiencia Preliminar, fase en la cual quedó suspendida la presente causa. Tercero: Por cuanto a los Coimputados en la referida causa se le decretó el Sobreseimiento a solicitud del Ministerio Público y acordado por el referido Juzgado, es por lo que se acuerda remitir el asunto penal nuevamente a los Archivos Judiciales y en consecuencia se acuerda abrir cuaderno separado, toda vez que está pendiente por realizarse la Audiencia Preliminar, con respecto al ciudadano BRITO WILLIAMS RICHARD, titular de la cédula de identidad Nº 10.819.800. Cuarto: Se ordena librar la correspondiente Boleta de excarcelación y oficio al Cuerpo Policial, que practicó la aprehensión del ciudadano y Quinto: Se acuer.....