PRIMERO: SE ABSUELVE al Adolescente IDENTIFICACIÓN OMITIDA., de los cargos imputados por la Fiscal décima Quinta del Ministerio Publico del delito de ROBO PROPIO, previsto en el artículo 455 en relación al 83 del Código Penal Venezolano parcialmente reformado, en perjuicio de los ciudadanos IDENTIFICACIÓN OMITIDA por no haber prueba de su participación en el hecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 602, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se deja sin efecto la medida establecida en el artículo 582 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impuesta a los jóvenes adultos anteriormente identificados, en fecha 20/08/2.002, por el Tribunal de Control de esta Sección de Responsabilidad Penal del adolescente y en consecuencia se ordena la LIBERTAD PLENA del joven IDENTIFICACIÓN OMITIDA. TERCERO: En virtud de lo avanzado de la hora se acuerda publicar la sentencia integra dentro de los ci.....