OTORGA el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado: GONZALEZ ZAMORA JUAN JOSE, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.920.176, de nacionalidad venezolana, por el lapso de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES, contados a partir de su primera presentación por ante el Delegado de Prueba, ello conforme a lo establecido en los artículos 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal