se declaró perimida la instancia, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la solicitud de RECTIFICAION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por la ciudadana JENNY JOSEFINA RODRIGUEZ GONZALEZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 160.158, Actuando en representación propio nombre y en representación de sus hermanos continuación: JENNY JOSEFINA RODRIGUEZ GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-10.864.084; ZENAIDA DEL CARMEN RODRIGUEZ GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-6.969.9844; MARIA MERCEDES RODRIGUEZ GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-11.674.055 y YON CRISTOBAL RODRIGUEZ GONZALEZ, (difunto) extitular de la cedula de identidad Nº V-14.954.331,en virtud que ha transcurrido más de dos (02) años, sin que se hubiere efectuado el impulso procesal correspondiente.