-III-
DISPOSITIVA
-DECISION-
En fuerza lo antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial, Estado Bolivariano de Miranda. Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos: CARLOS ENRIQUE ZAMARO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.098.623 y MERALIZ DEL CARMEN CEDEÑO VALDIVIESO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.226.582. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, según acta de matrimonio Nº 54, folio 56, de fecha 23 de Septiembre del año 1991 del libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por el citado despacho durante el año 1991, a partir de que la presente quede definitivamente firme; ahora bien de conformidad con lo establecido en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de R.....