En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos: FELIPE HERMENEGILDO MURO SUAREZ y MARIA ELENA MOGOLLON VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-3.839.113 y V.-6.188.24, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO