....declarará CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN, presentada por la ciudadana MIGDALIA ESPERANZA RONCAGLIOLO DE RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.054.194, y la cual pertenece al de cujus ALEJANDRO RONCAGLIOLO PATRI, y en consecuencia se ordena al Registro Civil de Personas y Electoral del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda y al Registrador Principal del Estado Bolivariano de Miranda, INSERTAR la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal en la partida de defunción del de cujus ALEJANDRO RONCAGLIOLO PATRI, a fin de que sea corregido el estado civil del mismo, el cual al momento de su fallecimiento era: "...DIVORCIADO...". Así se decide....