RESUELVE: PRIMERO: Se admite la acusación del Fiscal del Ministerio Público en contra del ciudadano: ALVARO LUIS TAPIZQUEN, venezolano, de 27 años de edad, Cédula de Identidad Nº 22.854.064, venezolano, natural de Cupira, donde nació en fecha 22-04-87, domiciliado en: Cupira, Estado Miranda, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el articulo 31 ultimo aparte, de la Ley Orgánica Contra el Trafico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad. SEGUNDO: Se admiten las pruebas ofrecidas por el representante de la vindicta pública, así como las presentadas por la defensa Privada, por considerarlas útiles, pertinente y necesarias, a tenor de lo pautado en el artículo 331 ordinal 5 ejusdesm. TERCERO: Vista la admisión de los hechos del acusad ya identificado, este Juzgado pasa en consecuencia a dictar sentencia condenatoria a tenor de lo dispuesto en el artículo 376 del Có.....