este Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, incoada por la ciudadana CARMEN JOSEFINA PÈREZ DE ACOSTA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil casada, y titular de las cédula de identidad Nº. V-4.285.513, por intermedio de su Apoderado Judicial el Profesional del Derecho PETRONIO RAMÒN BOSQUES, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 43.697, contra el ciudadano FRANCISCO RAFAEL PÈREZ LUCIANI, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº. V-6.825.365.-
SEGUNDO: SE TIENE LEGALMENTE POR RECONOCIDO el documento que riela folio (02) del presente expediente, marcad.....