DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: Con Lugar el Procedimiento Ordinario y DECRETA: LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD, todo conforme a lo previsto en los artículos 250, ordinales 1°, 2° y 3°, artículo 252, artículos 2°, 3° y artículo 252, al imputado PEDRO JOSE NEGRIN MORENO, de nacionalidad Venezolana, de 23 años de edad, natural de Caracas, fecha de nacimiento 28/09/80, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de PEDROSA JOSE NEGRIN y PABLA MARGARITA MORENO, residenciado en Barrio Cecilio Acosta Sector No 01, Casa S/N Santa Teresa del Tu6y, Estado Miranda y titular de la Cédula de Identidad No V- 14.610.295, todo conforme a los artículos 250, ordinales 1°, 2° y 3°, artículo 251, artículos 2°, 3° y artículo 252 todos del Código Orgánico Procesal. Expídase la correspondiente Boleta de Enca.....