Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto en Funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, Administrando Justicia se acuerda revisada la solicitad interpuesta por la Defensora Pública: DRA. LAURA O. DESLACIO B., ya que es un derecho de todo imputado, en representación del Imputado: MARTINEZ GONZALEZ JOSE, por lo antes expuesto se acuerda Decretar Sin Lugar, la sustitución de la medida, y por ende SE RATIFICA en los mismos términos dictados en la decisión la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad por la gravedad y complejidad del delito, impuesta a la Imputado: MARTINEZ GONZALEZ JOSE.