Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO realizado por el ciudadano ALFREDO LEON JARAMILLO RONDON, venezolano, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad No. V-3.958.075, debidamente asistido por el abogado EDUARDO SUAREZ DIAZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 68.460; parte actora en el presente juicio, y de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, la declara como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.