PRIMERO: declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por la Profesional del Derecho ERASMO GREGORIO SIGNORINO MARQUEZ, en su carácter de defensor privado del imputado de autos SEGUNDO: y en consecuencia CONFIRMA la decisión dictada en fecha 30 de noviembre de 2006, por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, con sede en Los Teques, mediante la cual se decretó Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano PAREDES DE LA ROSA JUAN DE DIOS, por la presunta comisión de los delitos: PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos y sancionados en los artículos 277,ordinal 2° del artículo 218 y 470, todos del Código Penal; de conformidad con lo establecido en los artículos 250,251 y 252, todos del Código Orgánico Procesal Penal.