este Tribunal ACUERDA imponerle al referido adolescente, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de las establecidas en el artículo 582 literales ¿c¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual consiste en la obligación de presentarse por ante este Juzgado cada ocho (08), de lo cual dejará constancia en el libro de presentaciones. Lìbrese boleta de egreso dirigida al Jefe de la Policía Municipal de la Alcaldía del Municipio Plaza. TERCERO: Escuchada la solicitud de la defensa, se ACUERDA la práctica de Reconocimiento Médico Legal, al adolescente imputado, a los fines de determinar el estado físico del mismo. Lìbrese oficio. CUARTO: Por cuanto se hace necesario profundizar en los aspectos psico-sociales que rodean al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, se acuerda le sean practicados, Examen Psicológico e Informe Social por parte del Equipo Multidisciplinario adscrito a este Circuito Judicial Penal, Sección de Adolescentes, a tal efecto líbrense los respectivos .....