DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley y por estar ajustada a derecho la petición de la demandante DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano EDWIN ALEJANDRO TORRES, en contra demandadas solidariamente CITIC CONSTRUCCION CO LTD, CITIC INTERNATIONAL CONTRATING ING Y CITIC GROUP.
SEGUNDO: Se condena a las partes demandadas cancelar al ciudadano EDWIN ALEJANDRO TORRES, todos los conceptos señalados por el demandante en su escrito libelar. Así se decide
TERCERO: Se ordena la realización de una experticia del fallo, a los fines de cuantificar los conceptos señalados en la presente decisión, intereses moratorios sobre .....