- VI –
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Sociedad Mercantil "LA LUCHA, C.A." contra LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en Los Teques, por la violación de la garantía constitucional del derecho a la defensa y al debido proceso en la Denuncia de Reenganche y Restitución de derechos interpuesta por el ciudadano OSCAR RAMON TROMPETERO TERAN, contra la citada entidad de trabajo, en el expediente signado con el numero 039-2018-01-01176, y se repone la causa al estado de aperturarse el procedimiento a pruebas, declarándose nulas todos la actuaciones posteriores al Acta de Ejecución de Denuncia de Reenganche de fecha 12 de nov.....