Con fundamento a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda. Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en Garantía del Debido Proceso, hace los siguientes pronunciamientos: UNICO: SE SANCIONAN a los contraventores: Castillo Cárdenas José María, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas-D.C., nacida el 23/05/1958, edad 55 años, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.518.879. Residenciado en: Urbanización Los Naranjos, zona 3, vereda B, casa B-26. Guarenas Estado Miranda. Teléfonos: 0416-213-05-15; y Caraballo Lezama José Ramón, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas-D.C, nacido el 04/04/75, edad 39 años, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.296.697. Residenciado en: Urbanización Conjunto Residencias Las Mandarinas, etapa 1, edificio .....