En consecuencia de lo precedentemente expuesto, procédase a notificar a las partes lo resuelto por este Tribunal, así como a publicarse la presente resolución judicial. Procédase a librar las correspondientes comunicaciones a la Dirección General del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, a la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, al Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y al Director de la Penitenciaria General de Venezuela (PGV), participando lo resuelto por éste Tribunal. Líbrese boleta de traslado a nombre del ciudadano JHOANNY JOSE ROCCA GIL, dirigida a su centro de reclusión, a los fines de que sea trasladado el día 22 DE MAYO DE 2015, A LAS 08:30 A.M., a objeto de ser impuesto del presente auto de ejecución del cómputo de la pena. Líbrese Oficio al Director de la Penitenciaria General de Venezuela (PGV) y remítase Copia Certificada del presente Cómp.....