DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL y en consecuencia la Libertad Plena del ciudadano RODRIGUEZ ALNAR NERIO GABRIEL, titular de la cédula de identidad N° 17.532.620, Venezolano, de profesión u oficio obrero, fecha de nacimiento el 04/01/86, de 19 años de edad, hijo de FLOR ALANAR (V)Y NERIO RODRIGUEZ (F), residenciado en la Urbanización Cecilio Acosta, El Paso, bloque 9, piso 4, apartamento 4, Municipio Guaicaipuro, Los Teques Estado Miranda, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando sujeto al cumplimiento de la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, una vez terminada ésta, la cual culminará en fecha 10/12/07.