emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ACUERDA que el cumplimiento total de las sanciones socioeducativas impuestas al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, DE LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, en forma SIMULTANEA, por el lapso UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES, culmina en su totalidad el día 07 de DICIEMBRE DEL 2008, quien fue sancionado por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto en el artículo 460 en relación con el artículo 80 segundo aparte del Código Penal vigente para la fecha, en perjuicio del ciudadano: RAFAEL JONATHAN LOZADA COHEN. SEGUNDO: Las partes quedaron debidamente notificadas del cómputo en el acto de la audiencia oral de imposición del inicio del cumplimiento de las medidas.