DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la Causa seguida al ciudadano SARAIDA LOVERA ANTONIO JOSE, INDOCUMENTADO, Venezolano, natural de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, mayor de edad, y residenciado en la Calle Negro Primero, detrás de la zapatería Bermúdez N° 2, casa S/N, Los Teques, Estado Miranda, respecto del hecho que diera inicio a la investigación signada bajo el Nro. 1C6074/01, nomenclatura dada este Juzgado de primera instancia en función de control; de conformidad con lo previsto en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 11, 24, 108 numeral 7, 320 ejusdem, artículo 34 numeral 10 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y artículo 285 numeral 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y, a tenor de la norma del artículo 319 del texto adjetivo penal vigente que consagra los efectos inherentes a esta declaratoria, en consecuencia pone TÉRMINO AL PROCEDIMIENTO en cuestión y se IMPIDE TODA NUEVA PERSECUCIÓN c.....