Vista la admisión de la acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Público, por parte de este Tribunal y oídas como ha sido la declaración de la acusada: IDENTIDAD OMITIDA, en la cual se ha acogido al Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, previsto en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, habiendo admitido su responsabilidad en la comisión del delito de: SIMULACION DE SECUESTRO Y EXTORSION previsto en los artículos 4 y 16 de La Ley Contra el secuestro y la extorsión, en perjuicio del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, este Tribunal procede a, SANCIONAR a la acusada: IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de SIMULACION DE SECUESTRO Y EXTORSION previsto en los artículos 4 y 16 de La Ley Contra el secuestro y la extorsión, a cumplir la SANCIÓN DE UN (01) AÑO DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA