declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos LUIS OSCAR PERNÍA PABÓN; MARIELA BEATRIZ PERNÍA SOTO; LUIS RAMON TADEO PERNÍA SOTO; LUISANA COROMOTO PERNÍA SOTO y EUGENIO LUIS PERNÍA SOTO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.811.446; V-13.728.829; V-14.674.628; V-15.913.899 y V-16.370.733, respectivamente, de las bienhechurías que se encuentran ubicada en La Urbanización Colinas de Carrizal, Avenida el Lago, identificada con el Nro. 269-B, Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la devolución de las originales y sus resultas, co.....