Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy de conformidad con la estipulación contenida en el artículo 254 del Código Orgánico Procesal Penal por la presente decisión MOTIVA la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada en contra del imputado WILLIAM PARRA MARTINEZ, venezolano, de 21 años de edad, de oficio delegado sindical, con residencia en la Carretera Vieja Charallave Ocumare, Urbanización Las Tucaras, calle 13, casa sin número Estado Miranda, identificado con la cédula de identidad número 16.870.811. por su presunta participación en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, . hecho é.....