...por Autoridad de la Ley; y conforme a lo previsto en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA PENALMENTE RESPONSABLE POR ADMISION DE HECHOS al joven adulto OMITIDO, por la comisión del delito de por la presunta comisión del delito de: HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el articulo 451 del Código Penal, en perjuicio de OMITIDO, y le CONDENA a cumplir la sanción de UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 620 literales "B", en concordancia con los articulo 622, 624, todos de la vigente Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: En virtud de la sentencia se declara la cesación de la medida cautelar sustitutiva de libertad. TERCERO: Se exonera al adolescente del pago de costas procesales contempladas en el artículo 34 del Código penal y 265, 267 272 ejusdem, de conformidad con el artículo 9 de la Ley.....