este Tribunal tomando en cuenta las circunstancias que rodearon el hecho y atendiendo al bien jurídico afectado y el daño social causado CONDENA al adolescente ORDÓÑEZ SÁNCHEZ ROGERS ANTONIO, a cumplir la SANCION DE LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de SEIS (06) MESES, por la comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 457 en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Penal, delito que le fuera imputado por el Representante del Ministerio Público en la oportunidad correspondiente, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 620 Literal ¿d¿, en relación con el artículo 626 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. CUARTO: Se le indica al joven ORDÓÑEZ SÁNCHEZ ROGERS ANTONIO, que deberá acudir al Tribunal de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, a los fines legales consiguientes, así mismo se ordena cerrar por secretaria el folio útil, aperturado al referido joven donde se dejaba constancia de las p.....