Este Tribunal después de oír al acusado de autos, en la cual admiten los hechos este Tribunal CONDENA al ciudadano MAURICIO GOMEZ VERGARA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal; en perjuicio de la ciudadana YSMELDA BEATRIZ SIERRA GARCIA, y en consecuencia deben cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISION, de conformidad con el articulo 367 del Código Orgánico Procesal penal en relación con el articulo 376 Eiusdem.
TERCERO: Se condena a cumplir las penas accesorias de ley previstas en el artículo 16 Numeral 1º del Código Penal.
CUARTO: Se exonera a las costas procesales de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la republica Bolivariana de Venezuela al ciudadano MAURICIO GOMEZ VERGARA.
QUINTO: Se mantiene como sitio de reclusión el Centro Penitenciario Casa de reeducacion y de rehabilitación internado judicial La Planta El Paraiso; y de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artí.....