PRIMERO: Para legitimar la detención del ciudadano VILLALBA  LOPEZ KERVIN YOXCEMI, este Tribunal DECRETA LA DETENCIÓN FLAGRANTE  del ciudadano  VILLALBA  LOPEZ KERVIN YOXCEMI, cédula de identidad N°  V. 15.267.494, Nacionalidad: Venezolana,  Caracas,  de estado civil soltero,  de  25 años de edad, de profesión u oficio:  comerciante, nombre de sus padres: YOLANDA LOPEZ   (v) y  HUMBERTO VILLALBA  (v), residenciado en:  Urbanización  la Quinta, Edificio 1-B apartamento 32,  Los Teques Estado Miranda teléfono: 0412 369-9154,  por la presunta comisión del delito  de LESIONES   CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO previsto y sancionado en el articulo 420 del Código Penal,  en relación con el artículo  44 ordinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en perjuicio del ciudadano FRAN JOSE SANDOVAL GIL.  
SEGUNDO: Se decreta la aplicación del procedimiento ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del código orgánico procesal penal, y los 280 281,.....