Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena mantener las medidas cautelares contenidas en el articulo 582 literales "c y f" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, las cuales consisten en la obligación que tiene la adolescente de presentarse por ante la sede de este mismo Tribunal cada quince (15) días, y la prohibición expresa de acercarse o comunicarse con la victima en la presente causa.