ACUERDA se sustituye la obligación de presentar a una persona que se haga responsable de la vigilancia y cuidado del imputado, quedando en consecuencia el ciudadano: MarcosTulio Pimentel, titular de la cédula de identidad N° V-14.059.791,obligado a presentarse al éste Tribunal cada 08 días a partir de la presente fecha de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.-