acuerda OTORGAR al imputado VERDE LUCENA ADRIAN, titular de la Cédula de Identidad Nº. 24.332.162, la medida cautelar sustitutiva contemplada en el artículo 256 ordinal 3 del el Código Orgánico Procesal Penal, por lo que deberá presentarse cada TREINTA (30) DÍAS, por ante este Tribunal, por el lapso de seis meses, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 9, 243, 250 y 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal.