REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
Ocumare del Tuy, 27 de Enero del 2014
153° y 204°
Por cuanto de la revisión y estudio a las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que al folio 187 del presente expediente, corre inserto auto en el cual este Tribunal de conformidad con el artículo 571 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, fijo un plazo común de CINCO (05) DIAS siguientes a que conste en autos la última notificación que de las partes se haga, a fin que contesten el presente recurso, dado a ello y en virtud que el artículo arriba señalado nos habla es sobre el derecho que tienen las partes de revisar las actuaciones que constan en el presente expediente y no contestar sobre algún recurso. Observando igualmente este Tribunal que al momento de la fijación del plazo arriba señalado se obvio la notificación tanto de los representantes de los imputado.....