debidamente sustituida por este Tribunal en fecha 08-01-15, por la contemplada en los literales "C" del artículo 582 de la LOPNNA, lo cual se traduce en presentación periódica DOS (02) veces por semana, por ante este Juzgado, en compañía de su representante legal, quien manifestó al Tribunal: "Me comprometo a cumplir cabalmente la medida impuesta sin faltas ni excusa". Líbrese boleta de egreso al Director del INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CENTRO COORDINACIÓN POLICIAL No. 2, VALLES DEL TUY, y oficio informando lo conducente. Es todo."