Por todos los motivos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana NORA HAYDEE GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro V-12.415.517, en contra de la ciudadana MARÍA TERESA DOMINGUEZ CASTELLANO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.453.501 y así se establece.