En consecuencia de lo precedentemente expuesto, procédase a notificar a las partes lo resuelto por este Tribunal, así como a publicarse la presente resolución judicial. Procédase a librar las correspondientes comunicaciones a:
1. Dirección General del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario.
2. Presidencia del Consejo Nacional Electoral.
3. Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.
4. Director de CENTRO PENITENCIARIO DE ARAGUA (TOCORON), participando lo resuelto por éste Tribunal, remitiéndole copia certificada del presente computo.
5. Líbrese Oficio a la Delegación de la Unidad de Defensa Pública, a los fines de la Designación de un Defensor en la fase de Ejecución.
6. Líbrese BOLETA DE TRASLADO a nombre de penado dirigida al DIRECTOR DEL CENTRO PENINTENCIARIO DE ARAGUA (TOCORON), a los fines de que se efectúe el traslado del penado a objeto de ser impues.....