Con relación a la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, requerida por el Fiscal del Ministerio Publico, en contra de la imputada YLIANA ARACELIS RAVELO MALAVE, ampliamente identificada en autos, este Tribunal Tercero de Control considera suficiente a los fines de las resultas del proceso la imposición de las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, previstas en el artículo 242 en sus numerales 3, 6, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal vale decir, numeral 3: la presentaciones periódicas ante la oficina de alguacilazgo por un lapso de cada 30 días por un 01 año, numeral 6: la prohibición de comunicarse con personas determinadas, siempre que no se afecte el derecho a la defensa, numeral 8: consistente en la presentación de dos personas que se constituyan como fiadores que devengue un salario igual o mayor a cien (100) unidades tributarias U.T, numeral 9: acudir al psicólogo y dejar constancia en el tribunal de igual forma, estar atenta al pro.....