Por las razones expuestas, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN celebrada en la presente causa, se le otorga su aprobación y se acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme lo solicitado se acuerda notificar al ciudadano HECTOR RAMON CARDENAS GARCIA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-4.001.312 inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela con el N° 39255, para que comparezca por ante este Tribunal, a las diez de la mañana, del segundo día de despacho siguiente después de notificado a dar su aceptación o excusa y en el primero de los casos preste juramento de cumplir fielmente su encargo. Líbrese boleta.
De conformidad con lo solicitado, y con lo establecido en el Artículo 257 del Código de Procedim.....