acuerda OTORGAR al imputado PABLO JOSÉ PARIMA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 22.384.071, la libertad plena, asimismo se acuerda proseguir la fase Preparatoria del Proceso, por procedimiento Ordinario, de conformidad a lo señalado en los artículos 373, 280, 282 y 273 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boleta de Libertad y remítase en su oportunidad Legal las presentes actuaciones a la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico.